LEY
FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
En México las estaciones
de radio están reguladas por la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión donde expresa la competencia que tiene la autoridad y los
derechos de los propietarios, incluso de los radioescuchas.
Dicho instituto es un
órgano publico autónomo e independiente y sus atribuciones correspondientes es
vigilar la explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los
servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación
de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, incluso se basa en
el ejercicio de los derechos establecidos en los Artículos 6o., 7o., 27 y 28 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Promueve la cohesión
social, regional o territorial, la seguridad de la vida, garantizando que se
cumplan los límites de exposición máxima para seres humanos a radiaciones
electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes; así mismo, la competencia efectiva en los mercados
convergentes y el fomento de la neutralidad
tecnológica.
En base a este estatuto, detallamos en el
capitulo: “Las señales de radio” en la clasificación de las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico que
son:
·
Espectro
determinado
·
Espectro libre
·
Espectro
protegido
·
Espectro
reservado
Haciendo un resumen de la
legislación, esta señala que cualquier interesado podrá solicitar, la
publicación del programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de
frecuencias, comprometiéndose la
autoridad en resolver lo conducente dentro de los treinta días hábiles
siguientes.

No hay comentarios.:
Publicar un comentario