jueves, 2 de diciembre de 2021

LAS CONCESIONES DE RADIO Y TV EN MÉXICO

 



CONCESIONES

  Por Lic. Loc. Mario Alberto Escutia

En relación con las concesiones, existen dos tipos:

 

·         Para uso público: No se podrán explotar o prestar con fines de lucro servicios de telecomunicaciones.

·         Para uso comercial: Son las radios que prestan su servicio con fines de lucro.

·         Para uso privado: Para el desarrollo o pruebas temporales de equipos sin fines de explotación comercial.

·         Para uso social: Tiene propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad, sin fines de lucro. En esta categoría se incluyen las concesiones comunitarias, las indígenas y de instituciones de educación superior de carácter privado.

 

Dicta su Artículo 71 que la concesión solamente se otorgará a personas físicas o morales de nacionalidad mexicana; en tanto las concesiones para uso social comunitario, se podrán otorgar a organizaciones de la sociedad civil; así mismo, las concesiones para uso social indígena, se podrán otorgar a los pueblos y comunidades indígenas promoviendo el desarrollo y preservación de sus lenguas, su cultura, sus conocimientos promoviendo sus tradiciones, normas internas

 

Las concesiones tienen una vigencia de 20 años y se puede prorrogar por dos décadas más; en la Sección II de las Concesiones sobre el Espectro Radioeléctrico para uso Comercial o Privado, el su Artículo 78, señala que los requisitos para el otorgamiento de concesión son:

 

·         La propuesta económica

·         La cobertura, calidad e innovación.

·         El favorecimiento de menores precios en los servicios al usuario final.

·         La prevención de fenómenos de concentración que contraríen el interés público.

·         La posible entrada de nuevos competidores al mercado.

·         La consistencia con el programa de concesionamiento.

 

Cuando no se cumplan con los requisitos la solicitud quedara desierta en el caso de las radios sociales solo podrán recibir recursos económicos como aportaciones de la comunidad y dinero o especie estableciendo que son donaciones; adema de el arrendamiento de estudios y servicios de edición, audio y grabación, venta de productos, y de publicidad a los entes públicos federales sin exceder del catorce por ciento del tiempo total de transmisión.

 

Los motivos de suspensión o cierre son:

 

·         Vencimiento del plazo sin prorroga

·         Renuncia

·         Revocación

·         Rescate

·         Quiebra del concesionario.

 

 

En las estaciones de radio comerciales el tiempo destinado a publicidad no excederá del cuarenta por ciento del tiempo total de transmisión por programación.