viernes, 12 de noviembre de 2021

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

 


LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

  Por Lic. Loc. Mario Alberto Escutia

En México las estaciones de radio están reguladas por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión donde expresa la competencia que tiene la autoridad y los derechos de los propietarios, incluso de los radioescuchas.

 

Dicho instituto es un órgano publico autónomo e independiente y sus atribuciones correspondientes es vigilar la explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, incluso se basa en el ejercicio de los derechos establecidos en los Artículos 6o., 7o., 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Promueve la cohesión social, regional o territorial, la seguridad de la vida, garantizando que se cumplan los límites de exposición máxima para seres humanos a radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes; así mismo,  la competencia efectiva en los mercados convergentes y el  fomento de la neutralidad tecnológica.

 

 En base a este estatuto, detallamos en el capitulo: “Las señales de radio” en la clasificación de las bandas  de frecuencia del espectro radioeléctrico que son:

 

·         Espectro determinado

·         Espectro libre

·         Espectro protegido

·         Espectro reservado

 

Haciendo un resumen de la legislación, esta señala que cualquier interesado podrá solicitar, la publicación del programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias, comprometiéndose la  autoridad en resolver lo conducente dentro de los treinta días hábiles siguientes.